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Servicios de salud conductual

En Epic Charter Schools, estamos comprometidos a brindar oportunidades para el éxito académico de los estudiantes. También creemos en apoyar el desarrollo emocional positivo y el bienestar del estudiante. Epic se ha asociado con una agencia para ofrecer servicios de asesoramiento conductual a cualquier estudiante de Epic que necesite asesoramiento. Algunos de los servicios ofrecidos:

  • Rehabilitación Psicosocial

  • Terapia de juego

  • Terapia de interacción entre padres e hijos

  • Intervencion de crisis

  • Terapia familiar

  • Terapia de abuso de sustancias

  • Servicios del Plan de Acción de Recuperación del Bienestar (WRAP)

Un formulario de referencia está disponible en el sitio web. Una vez completado, nos comunicaremos con los padres/tutores dentro de las 48 horas para programar una cita inicial.

ESCUELAS LIBRES DE ARMAS

Es política de este distrito escolar cumplir plenamente con la Ley de Escuelas Libres de Armas.

  1. Cualquier estudiante en este distrito escolar que use o posea un arma de fuego en la escuela, en cualquier evento patrocinado por la escuela, o dentro o sobre cualquier propiedad escolar, incluida cualquier propiedad arrendada o alquilada para fines escolares o en la que los empleados de la escuela participen en actividades relacionadas con la escuela, e incluido el transporte escolar o el transporte patrocinado por la escuela pueden retirarse de la escuela durante un año calendario completo o más. El superintendente o su designado podrá modificar las disposiciones de cualquier suspensión caso por caso. Sin embargo, cualquier modificación sustancial deberá ser informada a la junta de educación en su próxima reunión. Las armas de fuego se definen en el Título 18 del Código de los Estados Unidos, Sección 921, como (A) cualquier arma (incluida una pistola de arranque) que esté diseñada o pueda convertirse fácilmente para expulsar un proyectil mediante la acción de un explosivo; (B) el marco o receptor de cualquier arma de este tipo; (C) cualquier silenciador o silenciador de arma de fuego; o (D) cualquier dispositivo destructivo, incluido cualquier explosivo, gas incendiario o venenoso, bomba, granada, cohete con una carga propulsora de más de cuatro onzas, misil con una carga explosiva o incendiaria de más de un cuarto de onza, mina o cualquier dispositivo similar al anterior. Dicha arma de fuego será confiscada y entregada únicamente a una autoridad policial.

  2. Los Estatutos de Oklahoma, Título 21, Sección 1280.1 prohíben que cualquier persona tenga en su posesión en cualquier propiedad escolar pública o privada o mientras esté en cualquier autobús escolar o vehículo utilizado por cualquier escuela para el transporte de estudiantes o maestros cualquier arma de fuego o arma como se define en el Título 21, Sección 1272, abajo: "...cualquier pistola, revólver, escopeta o rifle, ya sea cargado o descargado, o cualquier daga, cuchillo bowie, navaja, navaja automática, cuchillo de resorte, bastón espada, cuchillo que tenga una hoja que se abre automáticamente mediante presión manual aplicada a un botón, resorte u otro dispositivo en el mango del cuchillo, cachiporra, bastón cargado, porra, cadena de mano, nudillos de metal o cualquier otra arma ofensiva, ya sea que dicha arma esté oculta o no. " Los estudiantes con discapacidades están sujetos a esta política y serán disciplinados de acuerdo con la Ley de Individuos con Discapacidades y la Sección 504 de la Ley de Rehabilitación. Se puede hacer una excepción a esta política para los estudiantes que participan en una actividad o equipo extracurricular autorizado que involucre el uso de armas de fuego o equipo de tiro con arco. Además, se harán excepciones para una pistola, cuchillo, bayoneta u otra arma en posesión de un miembro de un grupo de veteranos, la guardia nacional, militares activos, el Cuerpo de Entrenamiento de Oficiales de Reserva (ROTC) o el ROTC Junior, para participar en una ceremonia, asamblea o programa educativo aprobado por el director o administrador principal de un distrito escolar donde se lleva a cabo la ceremonia, asamblea o programa educativo; siempre que, sin embargo, el arma u otra arma que use proyectiles no esté cargada y no pueda utilizarse en todo momento mientras se encuentre en la propiedad escolar. Se puede llevar una pistola en un vehículo motorizado de conformidad con una licencia válida para portar armas autorizada por la Ley de Autodefensa de Oklahoma en propiedad reservada por una escuela primaria o secundaria pública o privada para el uso o estacionamiento de cualquier vehículo; siempre que, sin embargo, dicha pistola se almacene y oculte a la vista en un vehículo motorizado cerrado cuando el vehículo motorizado se deje desatendido en la propiedad escolar. Cualquier estudiante que viole esta política estará sujeto a medidas disciplinarias que pueden incluir la suspensión por el resto del semestre y todo el semestre siguiente o hasta un año calendario completo o más (para armas de fuego) o por cualquier período de menos de un año calendario (para armas que no sean armas de fuego) según lo determine el superintendente o la persona designada por el superintendente. La acción disciplinaria se determinará caso por caso. Los estudiantes que violen esta política serán remitidos al sistema de justicia penal o juvenil correspondiente. Cualquier arma de fuego que se encuentre en las instalaciones se informará a las autoridades y se entregará inmediatamente a las autoridades locales según los requisitos de la ley estatal.

REFERENCIA:
18 U.S.C. §921
21 OS §1271.1, §1280.1
70 OS § 24-132.1

Weapons-Free Schools
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